Es lastimoso pensar que al 2020 hemos mantenido vigente la posibilidad de matrimonios infantiles y las uniones de hecho con menores de edad. Según cifras del Fondo de las Naciones Unidades para la Infancia (UNICEF), a nivel de Latinoamérica la República Dominicana está encabezando la lista, con mas de un 12% de uniones de niñas menores de 15 años de edad.
El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), estima que a nivel mundial la cifra de mujeres y niñas casadas antes de cumplir 18 años alcanza los 650 millones, y que además, el 21% de las mujeres jóvenes (de entre 20 y 24 años) en el mundo fueron obligadas a casarse siendo aún niñas.
El código civil dominicano establece en su artículo 144 que la edad mínima para el hombre pueda contraer matrimonio es de 18 años, y para las mujeres los 15 años. A pesar de que esto es una barbaridad, por encontrarse el ser humano en estas edades en franco estado de desarrollo fisico y mental, entre otras muchas cosas más, el artículo 145 del indicado código, establece que “Sin embargo, el Gobierno puede, por motivos graves, conceder dispensas de edad”; lo cual significa, y ejemplos sobrados existen, de casos en donde la edad de la hembra-quien es la mas afectada- es menor de los 15 años de edad, constituyendo esto por demás, un canivalisno, abuso sexual, enfermedad mental, verguenza, pena, impotencia, etcétera.
En República Dominicana los matrimonios infantiles y las uniones de hecho con menores de edad son realidades sociales, que se han venido justificando históricamente por la precaria condición económica de los padres de la menor, quienes la entregan como un premio a cambio de dádivas. Para acabar con esta pesadilla debemos mantener una campaña permanente en procura de lograr una modificación sustancial de las disposiciones legales que justifican este flagelo en dominicana; acompañada de un trabajo de educación ciudadana sostenible que comience en casa, y por supuesto, el establecimiento de un régimen de consecuencias para aquellos padres, tutores y adultos que consientan dichas uniones y prácticas.
Gracias a un grupo de activistas como es la Misión Internacional de Justicia (IJM), que mantienen sus esperanzas en que este mal sea erradicado no solo de la Republica Domincana, sino de todo el mundo donde existe, el pasado 27 agosto de 2020, se conoció por ante el Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TCRD), una acción directa de inconstitucionalidad, con la cual se busca que se declare ilegítimo el matrimonio con menores de edad, declarándose inconstitucional los artículos 144, 145, 149 y 150 del Código Civil Dominicano, el artículo 56 numeral 5 de la Ley 659 sobre Actos del Estado Civil y 356 del Código Penal Dominicano, que legitiman y permiten el matrimonio infantil, por ser violatorios y contrarios a los artículos 39.4, 43 y 56 de la Constitución y los artículos 2 y 12 sobre la Convención de los Derechos del Niño; quedando el expediente en estado de fallo.
Estaremos pendientes a la decisión de este tribunal, la cual esperamos sea apegada a nuestro criterio.
Entendemos que esto es un tema de altísima prioridad, ya que todo niño, niña y adolecente necesita vivir y completar su etapa de inocencia, sano desarrollo, libertad física, y luego entonces, pueda decidir como adulto no como niño incapaz.
Mantengamos esta campaña a través de los recursos que tengamos a la mano, los niños-motores de Inocencia y amor- se lo merecen.
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